Protección de infraestructuras críticas
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Protección de infraestructuras críticas

Introducción a la protección de infraestructuras críticas

Después de la aprobación de la Ley de Protección de Infraestructuras Críticas (Ley 8/2011, de 28 de abril, LPIC) y su desarrollo como Real Decreto 704/2011, el Centro Nacional para la Protección de Infraestructuras Críticas (CNPIC) ha declarado los siguientes sectores como críticos: sistema financiero y tributario, administración, agua, alimentación, centrales y redes de energía, instalaciones relacionadas con el espacio exterior, centrales nucleares, industria química, investigación con elementos críticos o peligrosos, salud, tecnologías de la información y comunicaciones, y transportes.

El objeto de esta normativa es fortalecer la seguridad de las infraestructuras críticas del Estado y el propio sistema europeo de infraestructuras, que en la mayoría de los casos se encuentran interconectados entre sí.

Obligaciones de los operadores críticos

Para cumplir con la normativa de protección de infraestructuras críticas las organizaciones denominadas “operadores críticos” deben:

  • Elaborar y presentar el plan estratégico sectorial. Este plan permite identificar los servicios esenciales prestados a la Sociedad por el sector objeto de estudio y sus principales amenazas o vulnerabilidades. Este plan culmina con una evaluación de las consecuencias potenciales de su inactividad y con una propuesta de medidas estratégicas para su mantenimiento.
  • Elaborar y presentar el plan de seguridad del operador. Este plan consta de documentos estratégicos definidores de las políticas generales de los operadores críticos para garantizar la seguridad del conjunto de instalaciones o sistemas de su propiedad o gestión.
  • Elaborar y presentar los planes de protección específicos en un plazo aproximado de cuatro meses una vez validado el plan de seguridad del operador por el Centro Nacional para la Protección de Infraestructuras Críticas. Se trata de documentos operativos donde se deben definir las medidas concretas ya adoptadas y a adoptar para garantizar la seguridad física y lógica de las infraestructuras críticas correspondientes.

Cómo se desarrollaría el proyecto

Para adecuarse a la normativa de protección de infraestructuras críticas se desarrollarán las siguientes actividades:

  • Diagnóstico. Análisis del cumplimiento de los requisitos dispuestos en la citada legislación, el plan sectorial, el plan de seguridad del operador y los planes de protección específicos.
  • Adecuación:

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